En el marco de reunión Extraordinaria de las Comisiones Unidas de Justicia y de Estudios Legislativos, el Senador Enrique Inzunza Cázares aprobó el dictamen por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones a la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (lavado de dinero), y se reforman los artículos 11 bis y 400 bis del Código Penal Federal.
CDMX; 18 de junio de 2025.- El objetivo de la reforma es actualizarla para fortalecer las capacidades del Estado en tareas de prevención e identificación. Se trata de detectar actividades sospechosas en materia de lavado de dinero y de financiamiento al terrorismo.
El presidente de la Comisión de Estudios Legislativos, Enrique Inzunza destacó las modificaciones que incluye el dictamen. Por ejemplo “se incorporan nuevas actividades vulnerables. Se incluyen ahí el desarrollo inmobiliario, la comercialización de activos virtuales, las llamadas criptomonedas, la prestación de servicios de fideicomiso y otras actividades financieras no tradicionales que no estaban”.
Ahora estarán en la lista de actividades vulnerables. Las personas o entidades que realicen estas actividades deberán cumplir fidedignamente con la identificación y reportar a los beneficiarios finales, así como todas las operaciones sospechosas.
Iniciamos nuestra jornada de hoy en el @senadomexicano, trabajando para dotar a las instituciones del Estado Mexicano de mejores instrumentos legales para combatir las operaciones con recursos de procedencia ilícita (lavado de dinero) y el financiamiento al terrorismo. https://t.co/62t53SRhtU
— Enrique Inzunza (@InzunzaCazarez) June 18, 2025
El Senador sinaloense Enrique Inzunza añadió que se refuerza la obligación de identificar y de reportar al beneficiario controlador o beneficiario final en todas las actividades vulnerables, garantizando un monitoreo más efectivo sobre quién controla o quién, y este es el punto, se beneficia realmente de las transacciones financieras.
Se actualiza la definición de relación de negocios para incluir tanto las relaciones formales como las transacciones ocasionales y también se añade la obligación de verificar y documentar la identidad de los beneficiarios finales involucrados en dichas relaciones.
Por lo anterior, Inzunza Cázarez aseguró que la reforma presentada, efectivamente es una actualización de esta legislación con base en las recomendaciones del GAFI, pero que sin duda va a redundar en generar un instrumento mucho más sólido, mucho más robusto, para apoyar la actividad de todo el Estado mexicano en la identificación, en la prevención y también, desde luego, en el combate al delito de, coloquialmente conocido como “el lavado de dinero”.
Ante los medios de comunicación, el Senador Enrique Inzunza expuso de manera clara que desde hace muchos años, el código penal establece en el 400 bis un delito, un delito que, como todos los delitos, corresponde constitucionalmente investigarlo a la institución del Ministerio Público y auxiliares, como son Secretaría del Ramo de Seguridad Pública del Ejecutivo Federal, a la Guardia Nacional y a las policías en el ámbito de su competencia.
Las comisiones de Justicia y de Estudios Legislativos de la Cámara de Senadores aprobaron el dictamen con 33 votos de Morena y aliados, cero en contra y seis abstenciones.
El decreto aprobado fue remitido a la Mesa Directiva de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión para agendar su discusión y votación durante el periodo de sesiones extraordinarias del Congreso de la Unión.
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